Fichas de Emergencias para el Transporte - CIQUIME

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Fichas de Emergencias para el Transporte (FET)
Los vehículos utilizados en el transporte por carretera de mercancías peligrosas en el MERCOSUR deben portar una Ficha de Emergencia para el Transporte (FET) con la información necesaria para que la autoridad de aplicación en la ruta pueda realizar una mejor atención de la emergencia.
La FET es un documento de porte obligatorio para el transporte terrestre de mercancías peligrosas tanto en Argentina como entre países del MERCOSUR.
Alcance
Dentro de las obligaciones del fabricante y/o expedidor de una mercancía peligrosa se encuentra la correspondiente a la confección y entrega al transportista la FET en la que se indican las medidas a adoptar durante un incidente en el transporte.
El Acuerdo para la Facilitación del Transporte de Mercancías Peligrosas en el MERCOSUR, establece que la FET debe contener información del producto, de manera tal que ayude en las acciones de atención en caso de que ocurra cualquier accidente u incidente, conteniendo instrucciones suministradas por el expedidor, conforme a información recibida del fabricante o importador de la mercancía transportada.
En Argentina, la Resolución SGT 64/2022 establece tanto el contenido como el formato de la FET.
Dirigido a
La FET está destinada a los servicios de emergencias, y brinda en forma concisa:
  • La naturaleza del peligro presentado por las mercancías peligrosas transportadas, así como las medidas de emergencia;
  • Las disposiciones aplicables en el caso que una persona entrara en contacto con los materiales transportados o con las mercancías que pudieran desprenderse de ellos;
  • Las medidas que se deben tomar en caso de incendio y en particular los medios de extinción que no se deben emplear;
  • Qué hacer en el caso de rotura o deterioro de los embalajes o cisternas, o en caso de fuga o derrame de las mercancías peligrosas transportadas;
  • En la imposibilidad del vehículo de continuar la marcha, las medidas necesarias para la realización del transbordo de la carga, o cuando fuera el caso, las restricciones de manipuleo de la misma.

Estas instrucciones serán proporcionadas por el expedidor de la carga conforme a informaciones proporcionadas por el fabricante o importador del producto transportado.
Contenidos
La FET consta de 2 partes, según el público a quien está dirigida la información:
  • Parte A: corresponde al producto transportado y está dirigido a los servicios de emergencia. Esta parte contiene toda la información técnica del producto, como ser: Denominación Apropiada para el Transporte, Nro. ONU, Clase, Grupo de Embalaje, Riesgos, Acciones en caso de Emergencias y Medidas Suplementarias, entre otras.
  • Parte B: son las primeras acciones generales por clase de producto, y está dirigida al conductor del vehículo. Debe imprimirse a color y tiene que permanecer en poder del conductor. No es necesario que se imprima cada vez que se expida una mercancía peligrosa, siempre que se asegure que el conductor dispone de una copia.

Video con los contenidos de la Ficha de Emergencia para el Transporte (FET)
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